Enlaces de accesibilidad

Tribunal de Santiago de Cuba dicta duras penas de prisión en caso de libertad de expresión


Ana Ibis Tristá Padilla. (Tomada de su perfil de Facebook)
Ana Ibis Tristá Padilla. (Tomada de su perfil de Facebook)

La causa de Ana Ibis Tristá Padilla, que involucra a otros tres ciudadanos condenados por presuntos actos contra la seguridad del Estado, ha generado fuertes críticas sobre la falta de independencia judicial y las restricciones a la libertad de expresión en Cuba.

Getting your Trinity Audio player ready...

La tunera Ana Ibis Tristá Padilla fue condenada a 14 años de cárcel luego de que, en juicio previo, fuera absuelta por insuficiencia de pruebas.

“Estamos ante un ejemplo más, de un gravísimo atropello contra la libertad de expresión y el ejercicio de los derechos humanos en Cuba”, indicó en conversación con Martí Noticias, Yaxis Cires, director de Estrategia del Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH).

El Tribunal Provincial de Santiago de Cuba la encontró culpable de los delitos de “propaganda contra el orden constitucional” y de "otros actos contra la Seguridad del Estado”, tras la apelación de la Fiscalía.

La sentencia del juicio de noviembre de 2024 fue recurrida por el fiscal Adán Vicente Santos Santos, y anulada por decisión de la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Supremo, el 21 de mayo de 2025, lo que implicó la realización de un nuevo juicio.

Tristá Padilla, de 36 años, esposa del preso político Damián Hechavarría, fue notificada de la sanción el pasado 19 de septiembre y en ese mismo acto fue detenida y llevada para la prisión en Las Tunas.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso el OCDH, el tribunal también sancionó a Jarol Varona Agüero, por "otros actos contra la Seguridad del Estado, a 13 años de privación de libertad, a Félix Daniel Pérez Ruiz, a cinco años por “propaganda contra el orden constitucional” y a Cristhian de Jesús Peña Aguilera a cuatro.

“En este caso han condenado a cuatro ciudadanos a penas entre cuatro y 14 años de prisión, algunos de ellos solamente por compartir una publicación en las redes sociales”, señaló Cires.

Aunque las cuatro personas encausadas tienen domicilio en la capital tunera, el proceso penal lo lleva a cabo el órgano fiscal de Santiago de Cuba debido a que solo en esa ciudad y en La Habana están instituidas las salas de los Delitos contra la Seguridad del Estado.

En enero de 2025, Ana Ibis Trista Padilla y a Jarol Varona Agüero habían sido notificados de una sentencia de la Sala de delitos contra la Seguridad del Estado, con fecha del 24 de noviembre de 2024, mediante la cual los absolvía “por insuficiencia de pruebas”.

En su primer fallo, el tribunal, sentenció a cinco años de privación de libertad a Félix Daniel Pérez Ruiz y a cuatro a Cristhian de Jesús Peña Aguilera. Al primero por “realizar críticas al régimen en Facebook” y convocar a una marcha en el parque principal de la ciudad de Las Tunas; al segundo, por “activar la opción de compartir”.

Un mes antes de su primer juicio, Tristá Padilla, dijo a Martí Noticias que cuando fue arrestada los investigadores policiales le achacaron “tener el control de las personas que ponían carteles aquí en Las Tunas. También que yo me dedicaba a convocar al pueblo a marchas en el centro del pueblo, a que la gente fuera con ropa blanca”.

De acuerdo al órgano acusador, Tristá Padilla, quien “ha mantenido una postura activa en las redes sociales en aras de desacreditar el proceso político económico en Cuba”, asesoró a los dos jóvenes sobre cómo ganar más seguidores para difundir la convocatoria.

En noviembre de 2023, Tristá Padilla contactó a Jarol Varona Agüero, “quien también se oponía al sistema político cubano” y, supuestamente, lo ligó con una organización en el exterior llamada Autodefensa del Pueblo (ADP) que lo instruyó para fabricar cócteles Molotov y lanzarlos contra un edificio del Ministerio del Interior en Las Tunas, asegura la sentencia.

Las acusaciones de la nueva vista oral fueron basadas, principalmente, en declaraciones de oficiales de la Contrainteligencia y del Ministerio del Interior.

“Esta sentencia, también, es un ejemplo de cómo los tribunales actúan en favor de los dictados de la policía política, porque el mismo tribunal que había absuelto, a la acusada Ana Ibis y a otro joven porque no había suficientes pruebas, después, por la apelación del fiscal del régimen y por una decisión del Tribunal Supremo, hace otro juicio, analiza las pruebas nuevamente y donde había dicho que no había ninguna prueba, ese mismo tribunal condena a estas dos personas a 13 y 14 años de prisión”, subrayó el directivo de la organización, asentada en Miami.

“Estamos hablando de dos hechos de suma gravedad: uno, en contra de la libertad de expresión y de manifestación y el segundo, que destaca la falta de independencia e imparcialidad de los jueces”, recalcó.

  • 16x9 Image

    Yolanda Huerga

    Yolanda Huerga nació en Bayamo, Granma, Cuba. Se graduó en Filología y Lingüística en la Universidad de Oriente en 1989. Durante casi 20 años trabajó en el sistema de bibliotecas públicas de la isla. En 2003, fundó junto a otras mujeres el movimiento Damas de Blanco, organización que recibió en 2005 el Premio a la Libertad de Conciencia Andrei Sakharov del Parlamento Europeo. En 2005 viajó a Estados Unidos junto su hijo y su esposo, el poeta y periodista Manuel Vázquez Portal, condenado a 18 años durante la Primavera Negra de Cuba. Desde 2008 trabaja en Miami, en la Oficina de Transmisiones a Cuba, como periodista de Radio Martí. Recibió en 2021 el Premio Burke a la Excelencia Periodística que otorga la Agencia de Estados Unidos para Medios Globales.

Foro

XS
SM
MD
LG